La gata araña

Wednesday, January 31, 2007

Amy Rivera



Amy Rivera

Información de ErosZine

A fetish photographer Amy Rivera is constantly discovering new fetishes and artfully placing them in front of her lens. Her playful shoots have evolved from retro pin-up, to fine feet in silk stockings, to seriously hot and messy splosh. We spoke with this up-and-coming artist about how her taste in women has changed and what it's like to have them get down and dirty for her camera.

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Monday, January 29, 2007

Premios al fotoperiodismo
Vía Fotopunto

Los premios World Press Photo Awards guardan en su trayectoria algunas de las fotografías que han pasado a formar parte de la historia del mundo.

World Press Photo Awards es una organización sin ánimo de lucro que otorga desde 1955 uno de los más prestigiosos premios internacionales de fotografía periodística.

Imágenes que explican la historia reciente de nuestro mundo, la creación artística en pro de la divulgación. Algunas de estas fotografías siguen hoy generando controversia: La dureza de algunas de estas imágenes se ha debatido desde siempre con la susceptibilidad del espectador, levantando incluso críticas contra la humanidad de los mismos fotógrafos.

Instantáneas que no dejan indiferente, que nos hablan de la realidad de nuestra historia. Tomadas por buenos fotógrafos que antepusieron el derecho a la información a su propia seguridad, lidiando entre disparos y catástrofes, poniendo en juego muchas veces su propia vida. Fotografías hechas para la concienciación, que quedarán guardadas por siempre en la memoria de aquellos que lo vivieron, y en la historia misma de la humanidad.
Worldpressphoto1
Worldpressphoto2

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Martin Abel



Martin Abel


Información de ImageKind

Martin is a freelance Illustrator, who has worked for various magazines including a long run on Americas Official Xbox Magazine, Ralph (Australian FHM equivilant), Picture, Picture Premium and Maximum PC Magazines. Apart from his colourful editorial illustrations Martin is more well known for his 'magically dark' pinup girl illustrations, which have spread all over the internet, And graced a main feature in a number of magazines articles and interviews, including Desktop Magazine. Martin also works in the comic book industry, currently involved in a few projects with Viper Comics.

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Saturday, January 27, 2007

Sobre los Derechos de Autor en las Fotografías

Vía Blog Fotolia

MiniCurso sobre Derechos de Autor aplicables a las fotografías, un tema espinoso y complejo, pero de innegable utilidad. Os ofrecemos la información básica para que os resulte mucho más fácil proteger vuestros trabajos y los posibles usos que se hagan de ellos.

Para el artículo hemos seguido la estructura de la conferencia "Propiedad Intelectual y uso social y académico de la Fotografía", que ofreció Fernando Bondía Román, profesor especialista en derechos de autor, en el marco de las Segundas Jornadas de Imagen, Cultura y Sociedad en la Universidad Carlos III de Madrid. El marco jurídico específico sobre el que nos basamos el de la legislación española y europea, aunque la mayoría de los derechos tratados están amparados por las regulaciones de todos los países.

En la aplicación de los derechos sobre propiedad intelectual en fotografía se establece una primera distinción según las características de la imagen creada. Por un lado hablamos de ‘obra fotográfica’ y por otro de ‘mera fotografía’. Cuando la fotografía tiene originalidad, esto es, cuando revisa carácter artístico, se le atribuye un derecho de autor que la protege como creación intelectual.

Este derecho de autor es propio a la obra fotográfica, y no así a la mera fotografía, que aunque también es susceptible de protección, ésta no es tan amplia, completa y duradera como la primera.

La Ley de Propiedad Intelectual expresa como objeto de protección por el derecho de autor a “las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía”, en el art. 10.1.h. Mientras que en el Libro II de la misma ley, dedicado a “los otros derechos de propiedad intelectual”, que no son derechos de autor basados en la creatividad, recoge las “meras fotografías” en su artículo 128.

El art. 128 dirime entre obra y mera fotografía según criterios de originalidad, siendo mera fotografía la que carece de esta cualidad. Si bien el concepto de originalidad peca de impreciso, la doctrina bascula entre concepciones objetivas y subjetivas para valorarlo en cada caso. Y según ellas, basta con que exista un esfuerzo creador intelectual y personal y que la obra sea novedosa, inédita, algo distinto a lo ya existente. En fotografía la valoración siempre será subjetiva, pues no hay dos fotografías iguales.

Con todo, el confuso concepto de originalidad puede no quedar claro, así como ocurre en otras artes, y a menudo se recurre al dictamen pericial según cada caso. También así se resolverá la dicotomía de las fotografías, y con ello el artículo que se deberá aplicar, el 10 o el 128 según haya originalidad o no, respectivamente.

En cualquier caso, el titular originario de los derechos de una fotografía es quien la haya hecho. La Ley de Propiedad Intelectual distingue entre “autor” de obra fotográfica y “realizador” de mera fotografía. Por otro lado, es raro encontrar un caso de obra fotográfica que se considere colectiva, con varios autores.

Además del titular originario pueden aparecer titulares derivativos o terceros cesionarios de derechos sobre las fotografías. El caso más común es el del autor asalariado; por ejemplo, los que trabajan para un medio de comunicación o agencia de prensa.

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Propiedad intelectual y derechos de autor en fotografía

Vía Fotopunto

Un fantástico resumen sobre la Ley de Propiedad Intelectual orientada a fotógrafos.

Autor: Fernando Bondía Román
Resumido por: Angel Manzano

1. Introducción

A la hora de pensar en la idea de abordar el escabroso tema de los derechos de autor en la fotografía hemos tenido en mente a todas aquellas personas que día a día tienen que hacer un uso de la a la imagen como "herramienta” de trabajo para la realización de una producción creativa.

Pretendemos con este artículo aportar una visión general sobre la propiedad intelectual y los derechos de autor en la fotografía. Intentamos desde aquí informar de cómo hacer un correcto uso de la imagen dando a conocer las limitaciones que de su uso existen y los derechos que amparan a los autores de las mismas.

También quisiéramos dejar claro que a la hora de tratar con fotografías de archivo, se tienen que diferenciar dos “grupos”, aquellas de licencia tradicional o protegidas (Rights Managed) y las consideradas libres de derechos (Royalty Free), que no por denominarse de este modo quedan fuera del amparo de la Ley de Propiedad Intelectual y de los derechos de autor.

Como veremos mas adelante, las imágenes consideradas libres de derechos también están amparadas por la LPI y su uso inadecuado puede llevar a atentar contra la mencionada ley; aunque su uso comercial recoja un abanico más amplio de posibilidades que las denominadas imágenes protegidas.

El texto que aquí se recoge es un resumen realizado por Angel Manzano ver su ficha , sobre la ponencia que el autor presentó en "Las Segundas Jornadas sobre Imagen, Cultura y Tecnología", celebradas en la Universidad Carlos III de Madrid en julio de 2003, posteriormente publicada en las Actas de dichas Jornadas.

Partiendo de la base de que la fotografía, cuando tiene originalidad, es decir cuando reviste carácter artístico, constituye una creación intelectual, vamos a intentar desde aquí fijar cuales son los derechos de autor que amparan dicha creación.

Tratándose de fotografías amparadas por el derecho de autor, los derechos exclusivos comprenden tanto el ámbito económico o de explotación, como la faceta personal o moral del autor. Aspecto este último que tiene gran importancia a la hora del uso o utilización de la fotografía.

La fotografía ya sea obra artística o mera fotografía, es un bien susceptible de apropiación, de tráfico económico y, por tanto, objeto de propiedad intelectual. En consecuencia, de la misma manera que nadie puede utilizar la propiedad ajena sin permiso de su propietario, tampoco se puede utilizar una fotografía sin permiso del fotógrafo.

Ahora bien, la fotografía constituye un bien de naturaleza especial, por eso es también especial su propiedad. Se trata de una de las categorías de bienes inmateriales, cuya protección consiste básicamente en otorgar un monopolio económico (además de moral en el caso de obra fotográfica) o exclusiva de explotación a sus propietarios. Bienes que, por otra parte, tienen un valor o consideración peculiar por su vinculación al progreso cultural y científico, al menos los que se integran dentro de las creaciones intelectuales y demás objetos de propiedad intelectual, entre los cuales se encuentran, como ya apuntamos, las fotografías. La propiedad intelectual, como cualquier otro derecho de propiedad o, en general, derecho subjetivo, está sujeta a límites. Pero por las consideraciones anteriores, los límites que recaen sobre la misma se muestran particularmente amplios e intensos, tanto desde la dimensión temporal (pues tienen una duración limitada), como desde la perspectiva material o de restricción al ámbito de poder que comportan en determinados supuestos.


2. Obras fotográficas y las meras fotografías

La Ley de Propiedad Intelectual (LPI) menciona dentro las creaciones intelectuales objeto de protección por el derecho de autor (al que dedica el Libro I) a “las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía” [art. 10.1h]. Por su parte, el Libro II de la citada Ley, dedicado a “Los otros derechos de propiedad intelectual” o derechos afines que son los derechos de propiedad intelectual que no son derechos de autor, que no están basados en la creatividad, recoge en su art. 128 las llamadas “meras fotografías”

No obstante, entendemos que la originalidad del art. 10 para determinar si hay obra fotográfica o mera fotografía debe valorarse en sentido subjetivo. Esto supone que toda fotografía que implique un trabajo de planeamiento y concepción, en el que intervenga el esfuerzo intelectual, la capacidad creativa, el talento y la personalidad del fotógrafo, deberá considerarse original. La mirada personal del fotógrafo en la concepción de la fotografía, así como su reflejo y traducción en la ejecución de la misma, su profesionalidad, su conciencia de que esta creando algo que no es copia de lo que ya existe, que va más allá de la reproducción de la realidad fotografiada deben ser suficientes para apreciar la originalidad. Da igual la realidad fotografiada, su destino, mérito, valor comercial o finalidad, su coste económico o su carácter científico, periodístico, documental o turístico. Basta con que lleve el sello personal de su autor, que sea una creación intelectual propia. Para ello, el carácter profesional del fotógrafo puede ser, en términos generales, un factor relevante a considerar.

Por el contrario, no serán obras fotográficas, sino meras fotografías objeto del derecho afín contemplado en el art. 128 de la LPI, las que limiten a recoger de forma mecánica, automática, común o normal, la realidad tal cual se presenta; aquellas fotografías en las que predomina el aspecto meramente mecánico o técnico. En definitiva, las que carecen de cualquier aspecto creativo o intelectual.


3. Los derechos sobre la fotografía

Vamos a considerar los derechos que corresponden al autor de una obra fotográfica. De todos ellos, sólo algunos son reconocidos al realizador de la mera fotografía, en concreto los tres enumerados en el art. 128 de las LPI, es decir, el de reproducción, distribución y comunicación pública.


3.1. Los derechos del autor de la obra fotográfica


Son los mismos que los reconocidos al autor de cualquier otra obra intelectual. La LPI los recoge en el Capítulo III (Contenido), del Título II (Sujeto, objeto y contenido), del Libro I (De los derechos del autor), distinguiendo dentro de dicho Capítulo tres secciones dedicadas al derecho moral (arts. 14 a 16), a los derechos de explotación (arts. 17 a 23) y a otros derechos patrimoniales de autor (arts. 24 y 25).

Demos una pincelada a los derechos que más importancia tienen para salvaguardar la moral y la explotación de las fotografías.


3.1.1. Los derechos morales

De entre los derechos morales que recoge el art. 14, conviene llamar la atención sobre los derechos de divulgación o de inédito (nadie sin el permiso del fotógrafo puede dar a conocer por primera vez al público la fotografía), el derecho de exigir el reconocimiento de su condición de autor y el derecho de exigir el respeto a la integridad de la fotografía (impedir su coloreado o su alteración en cualquier forma o, incluso sin producirse una deformación o modificación material de la misma, su desnaturalización intelectual). Estos derechos morales y los demás que menciona el art. 14, son intransmisibles , no pueden cederse, no pueden estar en manos de otras personas que no sea el autor de la fotografía. Aunque se cedan los derechos de explotación, siempre quedan reservados al autor los derechos morales, cuya defensa siempre podrá conseguir, pues además son imprescriptibles, es decir, su ejercicio no está condicionado a un plazo de tiempo. Son por tanto derechos inalienables y personalísimos, estando afectos al autor durante toda su vida.


3.1.2. Los derechos de explotación

La LPI atribuye al autor un monopolio económico o exclusiva sobre la obra (fotografía), reservándole cualquier forma de explotación sobre la misma, de tal manera que nadie sin su consentimiento puede lícitamente explotar la fotografía, por tanto el autor de la obra fotográfica tiene un ius prohibendi, un derecho de autorizar o prohibir. En definitiva, como dice el art. 2 de la LPI o, en general, el código civil para el derecho de la propiedad, el autor tiene la plena disposición y goce (o explotación) sobre su obra, “sin más limitaciones que las establecidas por la ley”.

Tradicionalmente, el modo o forma más habitual de explotar las fotografías consistía en su reproducción y distribución. Sin embargo, la tecnología digital e Internet ofrecen grandes posibilidades para el juego del derecho de comunicación pública en el campo de las fotografías, al igual que también para el derecho de transformación.

La reproducción viene a identificarse fundamentalmente con la obtención de copias y comprende tanto la reproducción total como la parcial o de parte de la fotografía. De llevarse a cabo esta última reproducción sin permiso del autor de la fotografía o su causahabiente, además de suponer una infracción al derecho de reproducción, se cometería también un atentado al derecho moral relativo a la integridad de la obra (art. 14.4º). La distribución puede afectar tanto al original como a las copias de la fotografía, siendo quizás la forma más usual de distribución la venta de la misma (original o copias), aunque no hay que descartar el préstamo o alquiler, no tanto de la fotografía en sí como del libro, publicación periódica u otro tipo de obra (como, por ejemplo, la multimedia) en la que se inserte.


3.1.3. El derecho de participación

El art. 24 de la LPI trata del llamado derecho de participación o seguimiento, en virtud del cual “los autores de obras de artes plásticas tendrán derecho a percibir del vendedor una participación de toda reventa que de las mismas se realice en pública subasta, en establecimiento mercantil, o con la intervención de un comerciante o agente mercantil. Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior las obras de arte aplicadas”


3.2. Los derechos del realizador de la mera fotografía

Son los de reproducción, distribución y comunicación pública, tal como aparecen descritos en el Libro I de la LPI (arts. 18,19 y 20). No se le atribuye, pues, ni los derechos morales ni el otro típico derecho exclusivo (el de transformación: art. 21) ni cualquier otra forma de explotación distinta de las tres mencionadas.

¿Tiene derecho el realizador a que figure su nombre en la mera fotografía? En principio no, a diferencia del autor de una obra fotográfica (art.14.3º), el realizador carece de derecho moral.

El art. 6 del D 751/1966, de 31 de marzo, de desarrollo de la Ley de Prensa, exige hacer constar el nombre de quien hizo la fotografía, sin distinguir si es obra fotográfica o mera fotografía. Por otra parte, hay que señalar que parece indispensable mencionar el nombre del fotógrafo para conocer la identidad de las persona a la que dirigirse para obtener la correspondiente autorización


3.3. La duración de los derechos

En la obra fotográfica se aplica el régimen ordinario propio de todas las obras intelectuales, según el cual los derechos de explotación duran toda la vida del autor y 70 años después de su muerte (art. 26)


4. Límites


La LPI recoge en sus art. 31 a 40 bis una serie de límites a los derechos de autor. En relación con la fotografía de obras preexistentes y con independencia de que la propia fotografía constituya también una obra, salvo que se esté amparado por alguno de los límites existentes a los derechos de autor, se debe contar con la pertinente autorización del titular de los derechos sobre la obra reproducida a través de la fotografía. El hecho de que el fotógrafo utilice una obra ajena para crear su obra fotográfica no puede servirle de coartada para eludir la correspondiente autorización.

La fotografía de personas puede suponer intromisión ilegítima en sus derechos de la personalidad, en concreto al derecho sobre su propia imagen. Para utilizar la imagen de la persona retratada tendrá que contar con su consentimiento, no porque pueda ser titular de los derechos de explotación sobre la fotografía sino por el valor prevalente en este punto de la LO 1/1982. El respeto a la esfera íntima de la persona constituye un límite al ejercicio de los derechos de propiedad intelectual sobre una fotografía.

Veamos a continuación de manera somera algunos límites susceptibles de aplicación a las fotografías. De entre los diversos límites que recoge la LPI, los que nos parecen más aplicables a las fotografías y ofrecen mayor relevancia práctica son los relativos a la copia privada (art.31.2º), a las citas (art.32), a los trabajos sobre temas de actualidad (art. 33.1), a la utilización de obras por motivos de actualidad o situadas en la vía pública (art.35).

En lo relativo a la copia privada, según el art. 31.2 si la fotografía ha sido lícitamente divulgada, con el permiso del autor, la misma podrá copiarse para uso privado del copista, siempre que no sea objeto de utilización colectiva o lucrativa. A diferencia de lo que sucede en las leyes de otros Estados, donde no se admite la copia privada de las fotografías, en la nuestra no existe ningún dato normativo que avale la exclusión de las fotografías de la citada copia, no se reconoce a los autores de la misma el derecho de remuneración por copia privada que regula el art. 25.

Referente a una fotografía que se vea con ocasión de informar sobre un acontecimiento de actualidad, esta puede ser reproducida, distribuida o comunicada públicamente en la medida en que lo justifique dicha finalidad informativa, sin exigirse más requisitos. Por tanto, si una fotografía aparece dentro de un reportaje televisivo o dentro de otra fotografía como mero factor incidental de una información de actualidad, no se infringen los derechos de dicha fotografía, pese a que se hubiera hecho constar la reserva de derechos y aunque no se mencione el nombre de su autor o realizador ni se satisfaga ninguna remuneración. Dicho precepto permite que las obras situadas permanentemente en parques, calles o cualquier vía pública puedan ser libremente utilizadas por medio de fotografías. Lo que no puede ser libremente utilizada es la propia fotografía, ya sea ésta obra fotográfica o mera fotografía.

Autor: Fernando Bondía Román
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Friday, January 26, 2007

Para revelar fotografías digitales


Vía Revista digital Latitud Cero

Primeramente repondemos: "en efecto, se pueden revelar fotografias digitales", pero a mi entender la palabra "revelado" no es del todo correcta cuando hablamos de una imagen en informacion binaria almacenada en un archivo o sea la foto digital.

Lo que en realidad hacemos cuando "revelamos" una fotografia digital es "imprimirla" en papel, y en este proceso no sirve nada de lo que se usaba para el revelado convencional de pelicula, puesto que la foto esta almacenada en un chip de la camara digital o en un medio de almacenamiento como diskettes, CD, DVD, PenDrive, etc, y solo se debe tomar el archivo e imprimir su contenido sin riesgos de velados accidentales y nada de todo aquel proceso de la generacion pasada de la fotografia.

Lo podemos hacer en nuestras casas con una impresora de chorro o laser con calidad fotografica sobre papel para tal fin que compramos en cualquier libreria, o bien, llevar los archivos de imagenes a una comercio de "revelado digital" donde realizan el mismo proceso pero sobre equipamiento destinado a tal fin.

La siguiente pregunta es : ¿en que tamaño debo y puedo imprimir las fotografias?
Este es todo un tema a tratar, ya que antes el estandar era el rollo de 35 mm y al momento del revelado existia una gama de tamaños que podiamos optar, pero ahora las camaras digitales permiten elegir a gusto, y dependiendo la capacidad de cada una, el tamaño de la fotografia a tomar.

Para poder saber el tamaño correcto en el que debemos imprimir una fotografia debemos tener en cuenta 3 factores:

1- El tamaño de la fotografia en pixels, es decir, puntos de alto y ancho, por ejemplo 640x480 pixels
2- La resolucion de la misma que se mide en Puntos Por Pulgadas (PPP, en ingles Dots Per Inch (DPI))
1 pulgada equivale a 2,54 cmm
3- El tamaño de papel

Por lo tanto cuando imprimamos nuestra fotografia digital, el tamaño final dependerá de la resolucion de impresión. Entonces: ¿cual es la resolucion estandar de impresion que emplean los centros de revelado y cual es la mínima resolución para que el resultado sea aceptable?. Por lo que se sabe la maxima resolucion es de 300 ppp y la minima de 150 ppp.

Fotografía Resolución
La siguiente fórmula se puede aplicar para resolver el dilema sobre que medída en tendrá una fotografía según el tamaño en pixels y resolución en ppp?

papel (cm) = (tamaño (pixels) * 2,54 cm/pulgada ) / resolución ppp

Un ejemplo: ¿Que tamaño en pixels debe tener una foto para poder imprimirla en 15x21 a 300ppp?

(21 x 300) / 2.54 = 2480.31

Hemos obtenido 2480 pixels, por lo tanto configuramos la camara en la resolucion mas proxima: 2592 x 1944.

Con la misma formula podemos responder otras preguntas:
¿A que resolucion debere imprimir una foto de 2592 x 1944 pixels en un tamaño de papel de 15x21 ?

(2592 x 2.54) / 21 = 313 = La resolucion optima de impresion es de 300 ppp.

La siguiente tabla sirve de ayuda para conocer el tamaño en papel para una resolucion dada.

Asi mismo cuando deseemos mayor densidad de puntos el tamaño de la imagen real sera menor y viceversa.

Fotografía Tabla

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Alejandra Guerrero



Alejandra Guerrero

Fotógrafa que nació en Bogota (Colombia), pero que actualmente vive en Chicago.

Su interés por la fotografía se desarrolló después de estar trabajando en una tienda de revelado y observar día a día las composiciones de las otras personas. Con una Nikon empezó entonces a retratar la activa vida social de la noche Y como su interés iba a más decidió tomar clases para entender las técnicas de la fotografía.

Influenciada por los trabajos de Helmut Newton, David Lachapelle, Terry Richardson, Tony Ward and Patrick Demarchelier, quedó fascinada por el mundo de la moda, el fetichismo y el erotismo.

El punto que más le sorprende es como una persona queda transformada en la imagen desde el momento que su imagen es capturada.

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Wednesday, January 24, 2007

Carmen García Huerta



Carmen García Huerta

Carmen García Huerta, Madrid 1975. Licenciada en Publicidad y RRPP por la Universidad Complutense de Madrid. Empieza pronto a trabajar en diseño gráfico para diversas empresas de comunicación. En 2001 inicia su carrera como ilustradora de moda, trabajando para ELLE, WOMAN, EL PAIS, VANIDAD, AB, y otras revistas españolas e internacionales.

En la actualidad colabora mensualmente con VOGUE ESPAÑA y GLAMOUR ALEMANIA. Sus clientes habituales son CUSTO BARCELONA, CARRERA & CARRERA, UNIPAPEL y JEAN LOUIS DAVID. En 2003 exhibe parte de sus obras en una exposición individual en la galería Standarte, y participa en una colectiva de ilustradores de moda, PAPER CHIC, en el Círculo de BBAA de Madrid.

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Monday, January 22, 2007

John John Jesse



John John Jesse

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John John Jesse is an illustrative painter from New York City's Lower East Side in the Juxtapoz gonzo-pop vein. He often shows with artists like Esao Andrews.
Dropping out of school and leaving home to squat at the age of fifteen, he turned to art to keep from returning to drug addiction. He painted the girls he grew up with, citing the punk lifestyle of girls and drugs. Most of the people featured in his work are friends of his. They are generally nude or partially disrobed, in situations that are both fantastical and gritty, and could be described as a blending of Richard Kern's transgressive sexuality with Mark Ryden's dreamy femme playlands.
Jesse also played bass in the New York Crust Punk band Nausea and designed posters and album art for bands like Agnostic Front. He currently plays guitar in the band Morning Glory.

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Friday, January 19, 2007

Robert Nettarp



Robert Nettarp

Nació en 1970 en la ciudad de Stockholm (Suecia), ha destacado especialmente por sus trabajos como creativo publicitario para la revista francesa Vogue. Aunque tal como el dice no hay una excesiva diferencia entre el trabajo personal y el trabajo comercial, ya que en los encargos que recibe siempre deja la huella de su manera de entender la fotografía; así por ejemplo fotografías suelen destacar por una moda cargada de sexualidad.

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Wednesday, January 17, 2007

Andy Warhol

Warhol
Warhol
Andy Warhol

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Andy Warhol (6 de agosto de 1928 - 22 de febrero de 1987) fue un pintor estadounidense y una figura destacada del movimiento pop art. Warhol nació como Andrew Warhola en Pittsburgh, PA, hijo de inmigrantes eslovacos (Andrej y Julia Warhola). Demostró tener un talento artístico desde muy joven y estudió arte comercial en el Carnegie Institute of Technology (ahora conocida como Carnegie Mellon University). Después de graduarse en 1949, se mudó a Nueva York y comenzó una carrera exitosa como ilustrador de revistas como Vogue y Harper's Bazaar y publicidad. En 1956 gana un premio por logros destacados de parte del MoMA Museo de Arte Contemporánea de Nueva York. En 1960 crea un canal privado llamado WarholTV. En 1962 empieza con su serie de dibujos más famosa, los Campbell's y participa también en uno de los eventos más importantes del llamado pop art. Al próximo año graba su primer filme, de seis horas de duración, llamado Sleep.

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Monday, January 15, 2007

Linda Bergkvist

Linda Bergkvist
Linda Bergkvist

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Linda Bergkvist (b. September 5, 1977 Umeå, Sweden) is a Swedish illustrator and digital artist. Over the years, Linda has become an international star of fantasy art. Her work has inspired numerous young viewers to become artists and to order a a Graphics tablet and start painting fantasy art involving men and women.
Linda uses the nickname Enayla on several internet art communities. Her style of work is described as being digital fantasy which is very realistic but not photo-realistic as she has a gift to make the characters she paints look believable in a different world that is beyond what a camera can achieve. Her style is well known for her attention to detail (eg where to put focus and where to leave blurred), intricate clothing, pattern designs and colour schemes especially in her recent works.
Linda likes illustrating dark fairytales, especially things which are unnatural and unreal. She illustrates stories and started writing since she was 16 and now almost 15 years in the making, maybe she will have it ready for the world to see soon as a book. [1] On the DeviantART community, her userpage has over 1,000,000 pageviews.[2].
One of her most popular works is Nightly Forests (2002), a digital painting showing a mythical female character with wings in front of a large moon in the middle of a forest where there are shapes of figures in the trees. She is described as being the daughter of Eyzaathe, another character. It was given the "Daily Deviation" award on 18 April 2005, and as of January 2006 was the sixth most favourited work on the entire site. [1] It has also received 20,000 views on art site gfxartist. [2]
Her highest rated work on gfxartist is The melody of your demise (2003), a digital painting of the characters Mehach and Ereyon; which shows Mehach playing a harp in moonlight with the ghost of Ereyon after she has killed him due to her supernatural powers. It has received more that 85,000 views and 3500 "points" making it the highest rated artwork in the entire site as listed here as of January 2006.
She was one of four artists featured in the book "d’artiste: Digital Painting". She won two Expose 1 awards; for a character in repose and for a character in action.
Her most recent publicly shown work was featured on the cover of a new magazine called "ImagineFx" (The painting is called "My Lady") in August 2006. The magazine featured a detailed interview, thoughts, notes, tips and a workshop (with high res PSD files and brushes and program demos) to teach how to paint a "believable figure" in Adobe Photoshop and Corel Painter with a Wacom tablet.
She has also finished doing some work for a upcoming movie called "Golden Compass" that will be out in 2007.

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Friday, January 12, 2007

Federico Zandomeneghi

Zandomeneghi
Federico Zandomeneghi

Información de Biografías y Vidas

(Venecia, 1841 Paris, 1917) Pintor italiano. Formado en la Academia de Venecia, participo en el Risorgimento y frecuento despues, en Florencia, el grupo de los Macchiaioli. Establecido en Paris desde 1874, fue acercandose gradualmente a la pintura de los impresionistas (La plaza de Amberes , 1880). En algunos de los cuadros pintados despues de 1880 se aprecian evidentes relaciones con la tecnica puntillista (Señora en el balcón), para aproximarse, a partir de 1890, al estilo de Renoir (Dama con abanico).

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Wednesday, January 10, 2007

Robert E. McGinnis

 McGinnis
Robert E. McGinnis
Robert Edward McGinnis was born in Cincinnati in 1926 and grew up in rural Wyoming, Ohio. His artistic talent was first encouraged by his dad, "Dutch," who helped his son draw such things as his favorite cartoon character, Popeye. Later, despite Robert's complaint that he would rather play ball with his friends (he was athletically talented and keenly competitive), Robert's mother, Mildred, insisted that he attend a drawing class held on Saturdays at the Cincinnati Art Museum. After high school, McGinnis hitchhiked to California and worked as an apprentice at Walt Disney Studios, drawing Mickey Mouse and other characters and learning about cartoon animation. Then World War II interrupted production of animated films, so McGinnis returned home and studied fine art at Ohio State University and took night classes at the Central Academy of Commercial Art. He also played the position of left guard on OSU's football team (for more information on this, read the entry directly below this one). In the mid-Fifties he moved to New York City with his wife Ferne, who is also talented, artistically and musically. (They subsequently had three children, and they have lived in Connecticut since 1960.) McGinnis went to work creating advertising posters at the Fredman-Chaite Studios. One day by chance he was introduced to an agent by a fellow artist. The agent took McGinnis's samples to book publisher Dell. As a result, McGinnis was able to shift his career into high gear, and in the ensuing decades he produced an astounding body of top-quality, highly expressive illustrations and fine art paintings.

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Monday, January 08, 2007

Alfred Rethel

Rethel
Alfred Rethel


Alfred Rethel (1816 - 1859). German painter and printmaking, Alfred Rethel is most famous for his fresco cycle of Charlemagne. It was initiated in 1847 but was never finished because controversy ended Rethel’s career before its completion. His wood engraving series, Another Dance of Death is another one of Rethel’s best known works and is similar to Holbein’s work. Death and anarchy are popular themes of his work.

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Friday, January 05, 2007

Jean-Sébastien Monzani

Monzani
Monzani
Jean-Sebastien Monzani

Jean-Sébastien Monzani is a self-taught photographer born in 1975. He started to learn photography in 2000 while doing his PhD in Computer Graphics (EPFL, Lausanne) and quickly focused on portraits. His images are often constructed as photo-series - something between fashion photography and movie storyboards. Since 2002, all of his works are digital photos. He enjoys keeping his photo sessions as simple and friendly as possible and focuses on adjusting the colors and mood in the digital darkroom. Conveying an atmosphere is one of the most important factors in his work.

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Wednesday, January 03, 2007

Stephen Haynes


Haynes
Stephen Haynes

Información de Fine Art

Stephen Haynes is a fine art photographer living in Minneapolis, MN. He comes relatively late to full-time devotion to the photographic arts, but has compensated by the intensity of his work. While his principal subject currently is the fine art nude, he has also done notable work in landscapes, travel scenes, portraiture and the performing arts.
About his art he says: “I am largely self-taught. Even without much formal training, I try to produce photos and prints of high esthetic quality, to exacting technical standards. With the female nude, I always seek new settings, lighting and poses in which to present the human form. In travel, I hope to photograph either from special vantage points or at a unique moment in time. Form and structure often triumph over grand vistas or photos that will appeal to an ‘art show’-type clientele. My portraiture work has usually been done on-location; I prefer to stay away from formal studio portraiture.

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Monday, January 01, 2007

Dominic Rouse

Dominic Rouse
Dominic Rouse
Dominic Rouse

Información de la Wikipedia

At the age of 16 Dominic Rouse started his photographic career as a press photographer for local and national newspapers. In 1982 he returned to college to study advertising and commercial photography. It was during this time period that he developed an interest in multiple exposure techiniques using large format cameras. In 1986, after spending a brief time working with commercial agencies, he opened his own studio.

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